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ACTUALIZADo 20 dE OCTUBRE de 2009

Corte anula norma que impide reelección presidencial
por Raúl Arévalo Alemán
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Los magistrados sandinistas resolvieron a favor de reelección de Ortega y Poder Electoral acata, quien leyó el acta fue Francisco Rosales, Presidente de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. (FOTO ARCHIVO)

La Corte Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, resolvió que el Presidente, Vice-Presidente y 109 Alcaldes pueden reelegirse de manera continua. La Carta Magna fue reformada luego de la caída del sandinismo por elecciones después a los 5 años, en el año 1995, y en su artículo 147 en su inciso “a” establece que no podrá ser candidato a Presidente ni Vicepresidente de la República: a) El que ejerciera o hubiera ejercido en propiedad la Presidencia de la República en cualquier tiempo del período en que se efectúa la elección para el período siguiente , ni el que la hubiera ejercido por dos períodos presidenciales".

FSLN No contaba con los votos suficientes para reformar Constitución

El partido sandinista no cuenta con los 56 votos necesarios para reformar parcialmente la Carta Magna, razón por la cual después de haber recurrido ante el Consejo Supremo Electoral, CSE, que negó en primer término que pudieran ser inscritos como candidatos por la norma constitucional que se los impedía y declararse incompetente de certificarlos, el representante legal del Presidente Ortega, Dr. Eduardo Mejía Mejía Bermúdez, solicitó al Tribunal de Apelaciones de Managua, TAM, la aplicación del principio constitucional de igualdad incondicional de todos los ciudadanos con la solicitud de inaplicación de la prohibición para el presidente, vicepresidente, Alcaldes, vice- Alcaldes de reelegirse de manera continua.

La resolución de la Corte Constitucional es gran trascendencia jurídica ya que de esta manera queda abierta la posibilidad para la reelección presidencial. Los críticos y la oposición señalan que la Corte no puede pasar encima de la misma Constitución ya que las reformas del artículo 147 o su anulación solamente puede ser realizada por el voto de 56 diputados y que la Corte no puede asumir funciones propias de la Asamblea Nacional.

Se esperan contradicciones entre poderes

La situación presentará a lo inmediato y se tiene prevista, una lucha entre los poderes de Estado y crisis de poderes, además de que se van a dar contradicciones muy fuertes a lo interno de la propia Corte Suprema de Justicia, CSJ, ya que la resolución de la sala constitucional no será conocida según la propia resolución, por la Corte Plena. Además es previsible que se espere una resolución de la propia Asamblea Nacional y de sus diputados sobre el candente tema que invadió funciones propias de la Asamblea Nacional. El Presidente del Consejo Supremo Electoral, CSE, Dr. Roberto Rivas Reyes, en conferencia de prensa convocada el día de ayer aceptó inmediatamente la resolución de la Corte Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, y dijo que “era de ineludible cumplimiento”. Recordó que el Consejo siempre ha aceptado todas las resoluciones del poder judicial en materia de contradicciones relativas a los partidos políticos las cuales fueron cumplidas por el poder electoral.

Resolución fue extraordinaria y rápida

El proceso de resolución se llevó desde el Jueves 15, Viernes 16 y Lunes 19 de Octubre luego de pasar por el Poder Electoral, Tribunal de Apelaciones de Managua y la Corte Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, para finalmente ser resuelto por el Poder electoral que certificó que el presidente Daniel Ortega y 109 Alcaldes, Vice- Alcaldes y el Vice-Presidente de la República pueden ser candidatos a los cargos de elección popular.

La resolución de la Corte Constitucional señala luego de ser leída por el Dr. Francisco Rosales Arguello, en la cual declara inconstitucional, que se prohibiera al presidente Daniel Ortega Saavedra postularse para otro período presidencial. Fue firmada por los Magistrados sandinistas Rafael Solís Cerda, Armengol Cuadra, Ligia Molina, Juan Méndez Pérez. Los Magistrados liberales fueron convocados por el Presidente de la Sala Constitucional, Magistrado Francisco Rosales Argüello, a integrar la sala pero no llegó Damisis Sirias por estar de vacaciones; Los doctores Sergio Cuarezma Terán, Iván Escobar Fornos no llegaron. Se convocó a los diputados suplentes liberales Antonio Alemán Lacayo y Gabriel Rivera que no se presentaron. La corte fue integrada por los Magistrados sandinistas Francisco Rosales, Rafael Solís y Ligia Molina, firmaron la sentencia que ordena al Consejo Supremo Electoral librar certificación a los ciudadanos recurrentes para participar en las contiendas electorales que se realizarán en 2011 y 2012.

De esta forma en Nicaragua se abren las puertas para que el actual Presidente Daniel Ortega Saavedra, el Vice- Presidente, los Alcaldes y Vice-Alcaldes puedan ser reelectos de manera continua sin ningún obstáculo constitucional con la única diferencia que en los tiempos de Somoza se dio a través de reformas a la Carta Magna y ahora se hizo por medio de la resolución del poder judicial, sin reformas, ni constituyente, ni pactos entre los liberales y conservadores o ahora entre sandinistas y liberales como se dio en el año 1999 entre Ortega y Alemán.

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