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La Jornada
 
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actualizado 1 de Octubre 2010

 
Corte Suprema de Justicia permite reelección presidencial
 
Por Raúl Arévalo Alemán  
Decisión tomada en Corte Plena ante polémicos conjueces. (foto)

Ahora quien esté en la presidencia podrá correr como candidato

Ayer se dio a conocer una sentencia reeleccionista de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, en la cual participaron con su firma los Conjueces y que despeja de esa forma las posibilidades de correr como candidato presidencial y poder ser reelecto a la presidencia de la República, el actual mandatario Daniel Ortega Saavedra. El Período electoral inicia con fuerza en el 2011 para la presidencia 2012-2016.

Sentencia declara inaplicabilidad “erga Omnes” de la Constitución

La sentencia número 6 dice que “Se declara inaplicabilidad erga omnes, es decir, para todos los ciudadanos, las siguientes disposiciones constitucionales: art. 147 Cn., únicamente en la parte que íntegra y literalmente se lee: “No podrá ser candidato a Presidente ni Vicepresidente de la República: a) el que ejerciere o hubiere ejercido en propiedad la Presidencia de la República en cualquier tiempo del período en que se efectúa la elección para el período siguiente b) el Vicepresidente de la República o el llamado a reemplazarlo, si hubiere ejercido su cargo; …” reza la resolución judicial leída por el vocero de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Doctor Roberto Larios Meléndez.

Ratificó sentencia 504

La sentencia número 6 ratifica la 504 en la cual permitía inicialmente que el presidente Ortega podía correr como candidato pero sin afectar la norma constitucional. Los analistas políticos señalan que solamente la Asamblea Nacional puede hacer las reformas de la Carta Magna.

La disposición judicial deja abierta las puertas a los 105 Alcaldes y Vice-alcaldes del país de tendencia sandinista que se habían amparado para seguir siendo candidatos en los próximos comicios. De esta forma ya hay una norma jurídica que permitirá al Consejo Supremo Electoral, CSE, inscribir como candidato a la Presidencia, Vice Presidencia al actual mandatario Daniel Ortega Saavedra y a otros que hayan ocupado la Presidencia por dos períodos seguidos, que pueden seguir aspirando a estar en esos cargos de alta investidura.

Ortega siguió los procedimientos judiciales como hizo Uribe y Arias

Algunos círculos políticos y constitucionales señalan que el Presidente Ortega siguió varios trámites tal como sucedió en otras circunstancias políticas como en Colombia y Costa Rica , donde el ex presidente Uribe primeramente hizo una consulta ante la Corte Suprema de Justicia si podía correr como candidato presidencial y ser reelecto lo cual fue favorable a Uribe. Ese mismo procedimiento se hizo en Costa Rica para el caso del ahora ex presidente Oscar Arias Sánchez, quienes fueron ambos finalmente reelectos para otro período pero no afectaron ninguna norma de la Constitución de esos países . Se fueron a correr de candidatos presidenciales por la reelección con lo que dijo la Corte que fue como ley expresa.

Sentencia eliminó la reelección presidencial

El Presidente Ortega, recuerdan los analista políticos consultados, que para correr como candidato presidencial en el 2011 y lograr la reelección presidencial sin reformar la Carta Magna, había recurrido en el 2009 al procedimiento de ampararse ante la Corte porque le estarían violentando sus derechos constitucionales ,una vez que el Consejo Supremo Electoral, CSE, le haya negado su participación como candidato a la silla presidencial porque la norma constitucional es clara en señalar que solamente una vez se puede ser candidato y ser reelecto alguien que fue presidente. Ahora las cosas cambiaron y la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, elimina la norma constitucional que impedía la reelección presidencial continua.

Sentencia reformó la Carta Magna

Los Magistrados que firmaron la sentencia, que elimina la norma constitucional número 147 de la Carta Magna, prácticamente reforma la Constitución Política desde el Poder Judicial.

Declaró inaplicable el artículo 178 Cn.

También es inaplicable el artículo constitucional 178, relacionado con los alcaldes, en la parte que dice íntegra y literalmente que: “El Alcalde y el Vicealcalde sólo podrán ser reelectos por un período. La reelección del Alcalde y Vicealcalde no podrá ser para el período inmediato siguiente”.

La sentencia fue emitida y firmada por la Corte Plena que presidía el Doctor Marvín Aguilar y los magistrados Francisco Rosales, Ligia Molina, Juana Méndez, Yadira Centeno, los doctores Rafael Solís y Armengol Cuadra y los siete conjueces que sustituyen a los Magistrados liberales en ausencia. La Doctora Alba Luz Ramos Vanegas que se encuentra fuera del país no firmó el acta de la resolución judicial.

Morales Carazo figurativo en expresiones

El Vice-Presidente de la República, Jaime Morales Carazo, dijo que la resolución judicial conocida ayer y que permite la reelección presidencial del actual presidente Ortega “Abren candados de la Constitución con ganzúas”. Dejo claro que esta vez no será candidato a la Vice-presidencia ya que será solamente diputado una vez que termine el período.

Dijo que al finalizar su período como Vicepresidente se irá a su casa, “pero no me voy totalmente, porque la Constitución dice que voy a ser diputado ya sea en lo que llaman humorísticamente “La Chanchera” (poder Legislativo) o el Parlamento Centroamericano, del que otros dicen que es una Chanchera más grande”, enfatizó Morales Carazo.

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