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actualizado 10 de marzo 2011

 
No existe completa igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo
 
Redacción Central  

En el mercado laboral de la región aún hay casos de despidos discriminatorios a trabajadoras cubiertas por el fuero de maternidad

Pese a que el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el mundo laboral está contemplado en los códigos de trabajo de todos los países de América Central y República Dominicana, en esta región aún persisten serios obstáculos para alcanzar la plena igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo.

Así lo refiere el estudio "Legislación y Jurisprudencia Comparadas sobre Derechos Laborales de las Mujeres", presentado ayer por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el marco de las conmemoraciones del Día Internacional de la Mujer.

Según la investigación, muchas mujeres de la región enfrentan prácticas discriminatorias como son el recibir salarios más bajos que los hombres, encontrar mayor dificultad para acceder a ascensos y ser las primeras despedidas en situaciones de recesión.

"Con este estudio queda claro que en la región aún persisten múltiples formas de discriminación hacia las mujeres, lo cual es contrario a los Principios Fundamentales en el Trabajo. Los resultados de la investigación son un llamado a la acción para que en los países de América Central y República Dominicana se redoblen los esfuerzos orientados a promover la no discriminación de las mujeres en el trabajo. Esto, porque la no discriminación es un valor fundamental para un desarrollo sostenible en materia económica y social, como bien lo apunta la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa", expresó Virgilio Levaggi, Director del Equipo Técnico de Trabajo Decente de la OIT, en el acto de presentación del estudio.

En el mercado laboral de la región aún hay casos de despidos discriminatorios a trabajadoras cubiertas por el fuero de maternidad, así como exigencias de pruebas de embarazo previas a la contratación o durante la relación de trabajo. Lo anterior, no obstante que todas las legislaciones establecen un fuero de protección a la trabajadora embarazada y en período de lactancia, se garantiza la licencia pre parto y post parto, así como el derecho a la lactancia.

Según el análisis realizado, la mayor cantidad de resoluciones administrativas y judiciales referidas a los derechos laborales de las trabajadoras cubiertas por fuero especial, tienen que ver con la discriminación por razones vinculadas a la maternidad. En las sentencias estudiadas se observó que la maternidad, además, se visualiza como un asunto de las mujeres y no como parte del proceso reproductivo que también involucra al hombre, a la sociedad, a los empleadores y al mismo Estado.

Asimismo, en relación con las responsabilidades familiares, según el estudio, las leyes de América Central y República Dominicana son débiles u omisas en cuanto al establecimiento de medidas que promuevan la conciliación del trabajo con las responsabilidades familiares (creación de centros de cuidado infantil y de otras personas dependientes, licencias de paternidad, ausencias por responsabilidades familiares, por ejemplo).

Una de las prácticas que afectan la salud física y psicológica de trabajadores y trabajadoras es el acoso laboral, el cual tiene particularidades en el caso de las mujeres y se enmarca en situaciones de violencia de género en el ámbito del trabajo y en prácticas específicas como es la discriminación por embarazo, entre otras. Una forma particular de acoso laboral que se observa en la región es el hostigamiento o acoso sexual el cual está prohibido pero solo de manera indirecta por la mayoría de las legislaciones. Sin embargo, se han encontrado escasas resoluciones relacionadas con el acoso sexual, pues son pocas las mujeres que se atreven a denunciar ya sea por miedo a perder su trabajo, a que no les crean, a ser revictimizadas o estigmatizadas.

En la región no se ha encontrado jurisprudencia referida a la discriminación antes de la contratación, es decir, en el proceso de reclutamiento. Tampoco se ha encontrado jurisprudencia sobre discriminación en el acceso a la formación profesional. Sin embargo, la segregación laboral por sexo sigue siendo un hecho muy presente en los mercados laborales de estos países.

No obstante la existencia de las prácticas discriminatorias referidas, los mecanismos para lograr la exigibilidad del principio de no discriminación en el trabajo no son tan eficientes, pues el acceso de las mujeres a la justicia (tanto administrativa como judicial) aún es muy reducido. En la región se encuentran casos en los que la legislación no contempla mecanismos para sancionar la discriminación.

En el estudio se recomienda que se establezcan mecanismos para sancionar efectivamente la discriminación, revisar las legislaciones para asegurar que se pase del enfoque de "protección a la maternidad", hacia la "protección del proceso reproductivo", se garantice el reintegro de la trabajadora despedida en forma ilegal durante el fuero de maternidad, y se cuente con legislación específica que prohíba y sancione el acoso laboral en general y el acoso sexual en particular, entre otras acciones.

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