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actualizado 19 de diciembre 2013
Sala Constitucional rechazó recursos acerca de ley de construcción del Gran Canal
La resolución es del "interés supremo de la nación por ser un proyecto de gran desarrollo para el país"
Por Raúl Arévalo Alemán
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Un hecho legal de gran trascendencia fue dado a conocer ayer durante la fiesta de navidad y año nuevo 2013 entre los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, y, periodistas de diversos medios de comunicación del país. Se supo que la Sala Constitucional del máximo tribunal de justicia de Nicaragua, ya resolvió rechazar una cantidad significativa de 32 recursos por inconstitucionalidad interpuestos por distintos organismos civiles, partidos de oposición que se oponen a la ley del canal interoceánico, aprobada en junio de este año.

La sentencia resolvió también el fondo del asunto declarando que la ley 840 o Ley del Gran Canal Interoceánico es absolutamente constitucional porque no contradice el espíritu y letra de la Carta Magna.

La Magistrada presidenta de la CSJ , Alba Luz Ramos, afirmó que la resolución es del "interés supremo de la nación por ser un proyecto de gran desarrollo para el país". Señaló que "la Corte confirmó la constitucionalidad de la Ley del canal, y hoy será notificada a las partes; pero quien tiene más detalles es el magistrado Francisco Rosales porque él fue el proyectista", dijo.

La Sala Constitucional resolvió una sentencia única que fue notificada ayer miércoles a más de cien recurrentes por inconstitucionalidad de la ley del Gran Canal. El vocero de la CSJ, doctor Roberto Larios Meléndez dijo que "ni el proyecto ni la ley del gran canal tiene roces con la Constitución".

"No hay ningún roce con la Constitución", respondió el fallo judicial a los alegatos de los opositores al proyecto, que prevé unir los océanos Pacífico y Atlántico a través de un "canal húmedo" que cruzaría el Lago de Nicaragua y una línea férrea.

La sentencia acumuló los recursos, explicó Larios, quien añadió que la notificación escrita a cada uno de los recurrentes se efectuó este miércoles dando "por cerrado definitivamente" el caso.

"No ha lugar al recursos por inconstitucionalidad de la Ley número 840 Ley Especial para el Desarrollo de Infraestructura y Transporte Nicaragüense atingente a El Canal, Zonas de Libre Comercio e Infraestructuras Asociadas", señala el texto de la resolución de la Sala Constitucional de la CSJ.

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