Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela resuelve que es desacato juramentación de tres diputados
Cables

Foto El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró este lunes desacato de la nueva directiva de la Asamblea Nacional (AN) y ordenó la desincorporación de tres diputados impugnados por ese tribunal.

El TSJ aceptó la denuncia del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en la que exigía inhabilitar la nueva AN.

El diputado del Gran Polo Patriótico, Diosdado Cabello, indicó que la sentencia del TSJ deja claro que “teníamos la razón cuando se instaló la AN las razones por la que no los juramentaron el martes (5 de enero), sino el miércoles”.

“Ante eso los diputados del bloque de la Patria manifestamos nuestro desacuerdo, cada decisión que la AN tome con la presencia de esos diputados son nulas, lo lógico es que la directiva haga una sesión ordinaria para que ese acto de juramentación sea revocado internamente”.

“Ellos decidieron chocar y llevarse por delante el Poder Ejecutivo, el Poder Moral, y no les corresponde”, dijo.

Señaló que aunque la AN está en desacato y nadie la reconoce “el Estado no se puede paralizar”.

“La Asamblea se convirtió en un foro de debate, no de toma de decisiones”, indicó.

Adelantó que hoy se realizará una reunión de la dirección nacional del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

La Sentencia

Procedimiento: Desacato

Partes: la abogada Ligia Carolina Gorriño Castellar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°123.285, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó solitud en el sentido de que “ provea lo conducente conforme a derecho a fin que sea acatado” el fallo N° 260 dictado en fecha 30 de diciembre de 2015, así como también se pronuncie “sobre la inconstitucionalidad de la juramentación írrita efectuada en el hemiciclo legislativo el día 06 de enero de 2016”.

Decisión: la Sala declaró: ADMITE la intervención de los ciudadanos identificados en la motiva del presente fallo como terceros en la causa contentiva del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar.

2. RATIFICA el contenido de la decisión número 260 del 30 de diciembre de 2015, a los fines de su inmediato cumplimiento.

3. PROCEDENTE EL DESACATO de la sentencia número 260 dictada por la Sala Electoral el 30 de diciembre de 2015, por los miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, Diputados Henry Ramos Allup, Enrique Márquez y José Simón Calzadilla y por los ciudadanos Julio Haron Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana, titulares de los números de cédula de identidad V-12.173.417, V-1.569.032 y V-13.325.572, respectivamente,

4. ORDENA a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional dejar sin efecto la referida juramentación y en consecuencia proceda con LA DESINCORPORACIÓN inmediata de los ciudadanos Nirma Guarulla, Julio Haron Ygarza y Romel Guzamana, lo cual deberá verificarse y dejar constancia de ello en Sesión Ordinaria de dicho órgano legislativo nacional.

5. NULOS ABSOLUTAMENTE los actos de la Asamblea Nacional que se hayan dictado o se dictaren, mientras se mantenga la incorporación de los ciudadanos sujetos de la decisión N° 260 del 30 de diciembre de 2015 y del presente fallo.

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió el miércoles 30 de diciembre los recursos interpuestos para impugnar los resultados de los comicios parlamentarios del pasado 6 de diciembre en circuitos de los estados Amazonas, Yaracuy y Aragua, además del representante indígena de la región sur.

En el caso del estado Amazonas, el TSJ admitió la impugnación y declaró procedente la solicitud de amparo cautelar, por lo que ordenó "de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación". Pese a ello, la nueva directiva opositora de la Asamblea Nacional (AN) juramentó un día después de la instalación formal del Parlamento a tres de los cuatro diputados suspendidos.

Henry Ramos Allup y otros diputados han argumentado que están haciendo cumplir la voluntad del pueblo expresada en las urnas, por lo que justifican su desobediencia al TSJ.



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