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actualizado 29 de agosto 2011
¿Espionaje o investigación periodística?
El derecho de informar es una responsabilidad social
Por Roberto Larios Meléndez
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La reedición de las publicaciones contra el presidente del Consejo Supremo Electoral Roberto Rivas Reyes, esta vez por parte de El Nuevo Diario, ha despertado la polémica entre el gremio de los periodistas, si bien este debate todavía no trasciende a los grandes medios de comunicación y por el momento se ubica nada más en las redes sociales y algunos sitios web donde los hombres y mujeres de prensa habitualmente compartimos opiniones.

Más allá de si lo publicado por END es o no cierto, bien vale la pena analizar el método investigativo utilizado por el periódico, pues de ello depende en gran medida la credibilidad de la denuncia contra Rivas Reyes. Existen en el periodismo principios generalmente aceptados al respecto. Por ejemplo, una información o un documento que es obtenido mediante el pago de un soborno, es algo inaceptable pues pondría en duda la veracidad de cualquier publicación periodística.

Peor aún es el caso cuando lo que se presenta como una “investigación” periodística no es más que una simple filtración. En este caso un agente -generalmente adversario o enemigo político del personaje involucrado- le “sopla” al oído o le pasa la fotocopia del documento al periodista y éste sin profundizar e investigar de verdad, empieza a publicar el documento o la información filtrada, “rellenándola” con opiniones de otros agentes o adversarios afines al primero, los cuales seguramente dirán que las acusaciones son ciertas, que es una barbaridad, etcétera, etcétera.

Esto último es lo que en el argot periodístico se denomina una “levantina”, práctica que a pesar de ser generalmente rechazada en el gremio por antiética es bastante común en el periodismo nicaragüense. Esta mala práctica periodística ha sido causa de grandes problemas para algunos medios de comunicación, pues una vez descubierta la treta ha dado lugar incluso a demandas judiciales en la que los colegas periodistas involucrados han resultado culpables, como en el tristemente célebre caso de los “desvisados” por la embajada de Estados Unidos.

Hasta ahora los directores de END no han informado cómo obtuvieron las grabaciones de audio con las cuales han sustentado su denuncia contra el presidente del Consejo Supremo Electoral. Es algo que por respeto a los lectores los directores de este periódico deberían aclarar. Mientras esto no sea oficialmente explicado, al público lector no le queda más que especular: ¿pagó dinero END por obtener la grabación?, si no fue así ¿quién o quienes se la “filtraron” al periódico?, ¿hay algún partido político o una embajada detrás de las publicaciones?, son sólo algunas de las preguntas que el sentido común nos obliga a formular.

Lo que dice la Constitución

Pero no sólo por la credibilidad de la publicación misma es que END debe explicar cómo obtuvo esas grabaciones, sino porque al publicarlas se ha traspasado una peligrosa frontera, que es la del derecho constitucional a la privacidad. Dice el Artículo 26 de la Constitución: “Artículo 26.- Toda persona tiene derecho: 1.- A su vida privada y la de su familia.- 2.- A la inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones de todo tipo”.

Y sobre la libertad de prensa, dice la Constitución: “Artículo 67.- El derecho de informar es una responsabilidad social y se ejerce con estricto respeto a los principios establecidos en la Constitución”.

¿Cómo queda la publicación de la supuesta grabación de Roberto Rivas por El Nuevo Diario a la luz del artículo 67 de la Constitución?. ¿Se ha o no violado el derecho de Rivas y su familia a la privacidad?, ¿se ha violado su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones?. Aunque es algo que el lector puede discernir a la luz de la simple lectura del texto constitucional, bien valdría la pena que lo respondan los dueños y directores de El Nuevo Diario.

Que la publicación tiene un abierto interés político es algo que nadie puede negar, siendo como es Roberto Rivas presidente del Consejo Supremo Electoral y El Nuevo Diario periódico de la oposición. Obviamente el ataque no es contra Rivas a título personal, sino contra la institución que representa. Es un claro ataque contra la institucionalidad de ese poder del Estado.

Supongamos que como medio de comunicación opositor (es decir, para nada independiente) tienen derecho de hacerlo. Pero si la grabación que se atribuye a Roberto Rivas fue obtenida por medios ilícitos o si al publicarla se ha violado su vida privada y la de su familia, su domicilio, correspondencia y comunicaciones, tal y como dije antes se ha traspasado la peligrosa frontera de la legalidad en el ejercicio periodístico.

Si es lícito que El Nuevo Diario hurgue en la vida íntima de sus enemigos políticos, ¿pueden entonces los adversarios de El Nuevo Diario hacer lo mismo con los directores y propietarios de este periódico o con los dirigentes políticos de la oposición que respalda dicho periódico?. ¿Sería lícito espiar, filmar y grabar las conversaciones telefónicas de la familia Chamorro y/o don Ramiro Ortiz Mayorga y luego darlas a conocer públicamente?. Es algo que ellos deberían responder con la responsabilidad que les exige el referido artículo 67 de la Constitución.

Creo que Roberto Rivas debe en su momento aclarar si puede las denuncias en su contra. Debe hacerlo no sólo por el resguardo de su honra personal, sino por el prestigio de la institución que representa. Pero eso es otro tema que no es de mi incumbencia.

Los propietarios, directores y cuadros de dirección de todos los medios de comunicación deberían debatir y opinar sobre el ejercicio responsable del periodismo en Nicaragua, más allá de los apasionamientos políticos y de la “calentura” con que nos enfermamos todos en los períodos electorales.

Por el momento, la pelota está en la cancha de los dueños y directores de El Nuevo Diario. Los lectores estamos esperando.

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