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EE.UU. no procesará más visas H2-B

 

Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración informa que se procesarán nuevas solicitudes después del mes de abril del próximo año 2009

POR JUAN JOSÉ ARÉVALO Texto más grande Texto más pequeño Texto más grande
ACTUALIZADO 31 DE JULIO DE 2008
 

Gobierno de los Estados Unidos concede ‘Waiver’ a Nicaragua en casos de propiedad. (GRÁFICO)

La Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) de Estados Unidos informó a través de un comunicado que las solicitudes para las visas “H2-B” para empleos no las seguirán procesando debido a que los pedidos sobrepasaron el límite de las 33 mil aplicaciones.

Esta cantidad de pedidos de la H2-B abarcó los que corresponden hasta la primera mitad del año fiscal 2009, por lo que las que se envíen antes del mes de abril de este mismo año no serán aceptadas, indicó la USCIS.

Las solicitudes de trabajadores que cuentan con la protección de visas H2-B  no van incluidas en el límite bianual que impuso el Congreso para este tipo de permisos migratorios

La USCIS continuará el proceso  de aquellas solicitudes de empleados que cuentan con una visa para extender su estadía en los Estados Unidos, también incluye las circunstancias si un empleado desea cambiar las clausulas de su contrato laboral, detalló el comunicado.

Las visas H2-B son usualmente entregadas a los trabajadores que se desempeñan en los ámbitos de jardinería, manufactura, construcción y servicios hospitalarios, en empresas cárnicas, forestales, piscicultura y ventas al por menor.

Las visas H2-B avalan a un extranjero para que pueda laborar de manera temporal en Estados Unidos, sea por un corto plazo o de modo intermitente.

En otro tema el gobierno de EE.UU. representado por su embajada en Nicaragua divulgó ayer el siguiente comunicado:

Gobierno de los Estados Unidos concede  ‘Waiver’ a Nicaragua en casos de propiedad

El Gobierno de los Estados Unidos ha concedido una dispensa, comúnmente conocida como “waiver”, de un año a la aplicación de la disposición legal que prohíbe la ayuda bilateral de los Estados Unidos y su apoyo en el otorgamiento de préstamos por parte de instituciones financieras internacionales a aquellos países en donde los ciudadanos estadounidenses no hayan recibido del gobierno local una indemnización adecuada y efectiva por sus reclamos de propiedades confiscadas, como es el caso de Nicaragua.  La prohibición de ayuda que dispone la sección 527 de la Ley de Autorización de Relaciones Exteriores de 1994 y 1995 se aplica a todo país que se encuentre en las mismas condiciones, no sólo a Nicaragua.

La dispensa es efectiva por un año, hasta el 29 de julio de 2009 y se fundamentó en el número de reclamos de propiedad resueltos.  El Gobierno de los Estados Unidos sólo puede contar como casos “resueltos,” aquellos en los que el bien reclamado haya sido recuperado o en los que se haya firmado un finiquito, luego de haber sido indemnizado.  De agosto de 2007 a julio de 2008 el Gobierno de Nicaragua resolvió 40 casos pertenecientes a 21 ciudadanos estadounidenses a través de indemnización.  Dos casos adicionales, pertenecientes a 2 ciudadanos estadounidenses, fueron resueltos por la vía judicial mediante la recuperación de los bienes.  En total, de julio de 2007 a julio de 2008, 42 casos, pertenecientes a 23 ciudadanos estadounidenses, fueron resueltos.

A pesar de los avances registrados, existen aproximadamente 626 reclamos de propiedad de ciudadanos estadounidenses  todavía pendientes de solución.  El otorgamiento de una nueva dispensa o “waiver” estará sujeta a la exitosa resolución de un número significativo de reclamos incluyendo la devolución o indemnización de propiedades en poder de, o bajo el control del Gobierno de Nicaragua, incluyendo a la CORNAP, la Policía Nacional y/o el Ejército de Nicaragua.  El Gobierno de los Estados Unidos agradece a la Procuraduría General de la República por su esfuerzo de tratar de darle una solución definitiva a estos casos y esperamos en el futuro recibir los finiquitos de los casos de propiedad todavía pendientes.

 
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