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actualizado 26 de julio 2011
Argüello: “Puerta para reclamar indemnización” a EUA en la CIJ
El especialista en Derecho Internacional, Carlos Argüello Gómez dijo que “el derecho de Nicaragua de reclamar la indemnización debida por EEUU sigue vigente
Por raúl arévalo alemán
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Gráfico Juan Arévalo
El Jurista internacional de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Doctor Carlos Argüello Gómez, dice que sigue vigente el derecho de Nicaragua de reclamar indemnización millonaria a Estados Unidos por el minado de los puertos en la década de los 80.

El Abogado de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya, Carlos Argüello Gómez, dice que el país no puede desistir del derecho de reclamar por los daños ocasionados por Estados Unidos, cuando fueron minados los puertos en la década de los 80 por la nación del norte, durante la denominada “guerra de los contras”.

La Corte Internacional de Justicia de la Haya resolvió en junio de 1986 que Estados Unidos en Nicaragua había violado la obligación de derecho internacional consuetudinario de no intervenir en los asuntos de otro Estado, recordó el jurista.

El presidente Daniel Ortega Saavedra viene insistiendo desde el mes de junio pasado que Nicaragua tiene pendiente el reclamo calculado de 17 mil millones de dólares a Estados Unidos por la sentencia de la Corte Internacional de Justicia de la Haya por los daños ocasionados. En un discurso el 19 de Julio, con motivo de los 32 años del aniversario de la revolución sandinista, Ortega dijo que convocaría a un referéndum para que la ciudadanía nicaragüense se pronuncie si se da cabida a ese reclamo millonario por los daños ocasionados con el minado de los puertos de Nicaragua

Argüello Gómez dijo al 19 digital , voz oficial del FSLN, que la figura del desistimiento que utilizó el gobierno de Doña Violeta Barrios de Chamorro para retirar la demanda de Nicaragua contra Estados Unidos, no es igual en efectos al sistema jurídico nicaragüense con el de otras naciones.

El especialista en Derecho Internacional, Carlos Argüello Gómez dijo al medio oficialista, que “el derecho de Nicaragua de reclamar la indemnización debida por EEUU sigue vigente. Lo que sucedió en 1991 es que el entonces Gobierno de Nicaragua decidió que era necesario retirar la demanda. Esto se hizo por medio de la figura jurídica del desistimiento”, afirmó.

“Al respecto valga dejar claro que el desistimiento ante la Corte Internacional no tiene los mismos efectos que el desistimiento en el sistema jurídico interno de Nicaragua y en el sistema de otros países. La Corte ha dejado claro que el desistimiento es un acto meramente procesal y por si solo no lleva a la renuncia de derechos. Para que se obre una renuncia de derechos, esto debe hacerse de manera independiente a la solicitud de desistimiento. Es decir, si las partes llegaron a un arreglo de renuncia de derechos, esto debe constar por aparte y no puede basarse en el solo documento de desistimiento. Claro las partes pueden pedir que el acuerdo se agregue al expediente, pero lo importante es el acuerdo”, dijo el Jurista.

Recordó en jurisprudencia el famoso caso del Barcelona Traction entre Belgica contra España, Belgica había presentado un desistimiento en 1961 y luego volvió a presentar la demanda en 1962. España opuso excepciones basadas en que el desistimiento implicaba renuncia de Bélgica a seguir con la demanda. La Corte dijo: “cualquier notificación de desistimiento es una notificación a la Corte y no es un acto entre las partes, asi que cualquier entendimiento entre ellas debe preceder y debe de buscarse fuera del acto mismo de desistimiento”.

Sobre el caso de Nicaragua observo que si hubo un entendimiento o acuerdo, no fue agregado al expediente. La Orden de la Corte simplemente resuelve dejar constancia del desistimiento del procedimiento y ordenar que sea retirado de la lista de casos pendientes.

Ahora, si hubo un acuerdo que no consta en el expediente, entonces ese acuerdo donde está?

Por último, si hubo algún tipo de acuerdo y esté no se cumplió, pues obviamente Nicaragua no ha recibido ninguna indemnización – ni siquiera disculpas– de parte de EEUU, entonces regresamos a la misma posición de que la puerta para reclamar la indemnización está claramente abierta, enfatizó el jurista internacional.

En el oficialista “El 19” digital, el doctor Carlos Argüello Gómez, dijo que la sentencia de la Corte contra Estados Unidos es calificado como “única en la historia y en el mundo” . Manifestó que “es cosa juzgada”. Los fallos de la CIJ no admiten apelación, dijo.

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