foto César Pérez
Diputadas aclaran sobre unión de hecho y otras del Código de la familia para evitar malas interpretaciones.
Solamente se reconoce en Nicaragua el matrimonio entre un hombre y una mujer como lo establece el artículo 72 de la Carta Magna, dijo la diputada Irma Dávila y “para evitar malas interpretaciones”, al referirse al Código de Familia aprobado en lo general por la Asamblea Nacional, cuya aplicación no es todavía vigente, dijo la presidenta de la comisión de justicia y asuntos jurídicos del parlamento.
Modificarán 649 artículos del Código de la familia
La Comisión de justicia tiene entre sus objetivos modificar el texto original de 649 artículos que constituyen el Código de la Familia. Hay 180 mociones propuestas para cambiar el Código pero solamente se aprobaron hasta ahora 26 de forma consensuada, dijo.
Matrimonio solamente entre hombre y mujer
Las modificaciones realizadas se refieren a la aclaración y “evitar malas interpretaciones” de que la unión de hecho es solamente entre un hombre y una mujer. La diputada Dávila dejó claro que la unión de hecho en Nicaragua es solamente entre sexos diferentes y no entre sexos iguales, sostuvo.
Adaptación jurídica con la Costa Atlántica
Otras de las características consideradas en las modificaciones del Código de la familia es la que se tiene en la Costa del Caribe en la cual en vez de la figura del juez se establece a las autoridades comunales o autoridades territoriales “y eso es importante que quede en el Código”, sostuvo la diputada Dávila para su diferenciación con las costumbres del resto del país.
Contenido fue variado de menores de edad
También dijo la diputada Irma Dávila que se cambió en el contenido del Código de Familia lo relacionado a los término de “menores de edad” ya que en el Código de la Niñez y la Adolescencia se usa el de “niño, niña y adolescente”, dijo.
Si no se disuelve matrimonio legalmente no hay unión de hecho
Fue aclarado por la diputada sandinista Martha Marina González que los derechos de familia solamente se logran conforme a la ley. Un matrimonio de “hecho estable” será considerado así una vez disuelta una relación anterior legalmente aunque hayan estado separados físicamente, dijo.
“Si un hombre y una mujer establecen una relación estable durante dos años, pueden declarar una unión de hecho estable. Si la persona está casada o casado con otro con otra y no ha disuelto ese matrimonio no puede declarar una unión de hecho estable. Si un hombre tiene 20 años de haberse separado de su esposa y estableció una relación con otra mujer y no ha disuelto el matrimonio, no puede declarar unión de hecho estable”, dijo González al referirse a lo nuevo del Código de la Familia sometido al rasero parlamentario.