
Las casas de interés social, valoradas en menos de 40 mil dólares, no podrán ser embargadas.
Foto El máximo representante del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep), su presidente José Adán Aguerri, aclaró que si una casa de carácter social es puesta de garantía legítima al momento de un préstamo, si es aplicable a embargo.
El empresario aclaró directamente a un empresario que afirma que una casa que cueste menos de 40 mil dólares, no podrá ser embargada, a como había indicado un líder empresarial, haciendo referencias a una mala interpretación del nuevo Código Procesal Civil que se encuentra actualizando la Asamblea Nacional.
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Hizo el llamado a no hacer una interpretación errónea a este reglamento. "Toda vivienda de interés social es embargable si sirve de garantía en un banco", afirmó el presidente del COSEP.
"Las viviendas sociales son inembargables, salvo si están sirviendo como garantía de un financiamiento, mejora de la vivienda, incluyendo las de interés social" subrayó.
En días atrás la Asamblea Nacional reformó la ley e indicó que una casa valorada en menos de U$40 mil no podrá ser embargada jamás.
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