actualizado 28 de marzo 2014    
Prohíben circos y espectáculos con animales silvestres en Panamá
Y sanciones vienen con grandes multas
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Activistas ambientales panameños aseguran que el país ha madurado
en temas ambientales, puesto que esta lucha se ha mantenido por años.

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Organizaciones y defensores de los animales de Panamá lanzaon aplausos ayer jueves a la resolución gubernamental que estará prohibiendo la entrada al país de circos y espectáculos utilizando a la fauna silvestre, y la calificaron del fruto de "una lucha de muchos años".

La Resolución 149 que fue aprobada por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) el 27 de febrero pasado fue publicada el pasado miércoles en la gaceta oficial.

La presidenta de la Asociación Ángeles de los Animales, Karina Bazán, dijo ayer jueves a Acan-Efe que la resolución de la ANAM "es una alegría enorme y una demostración más de que Panamá está madurando en el tema de respeto, conservación y protección animal".

"Es una lucha que tiene muchos años y debe quedar de ejemplo para otros países", añadió la activista, de la que su organización junto a otras de defensa de los animales promovió la Resolución.

El diputado oficialista Víctor Juliao, quien se ha acentuado por promover leyes a favor de los derechos de los animales, señaló por su parte satisfacción por la Resolución y agradeció a la ANAM por la medida.

"Panamá se suma a algunos países de la región que ya cuentan con una disposición similar", dijo en un comunicado de prensa Juliao, que promovió la aprobación de la Ley 70 sobre protección y defensa de las mascotas.

La Resolución 149 no define el concepto de "animales silvestres", pero mantiene la referencia a la Ley 24 del 7 de junio de 1995 que se refiere a la "vida silvestre" como el "conjunto de especies y especímenes de la flora y la fauna que vive o se encuentran en el medio natural, ya sean criados en cautividad o reproducidos artificialmente".

La norma publicada el pasado miércoles en la gaceta oficial "prohíbe ingresar al territorio de la República de Panamá, animales silvestres de cualquier especie u origen que forman parte de circos fijos e itinerarios, espectáculos, exhibiciones, entretenimientos, interacción con espectadores y similares".

Establece un plazo de dos meses a los circos que ahora están en el país y cuentan con animales silvestres para que los "exporten del territorio nacional", así como multas de entre uno y 10 millones de dólares para los que no cumplan con esa y otras disposiciones de la norma.

La Resolución no aplica para el caso de los animales silvestres destinados a zoológicos nacionales, colecciones privadas y centros de rescate animal, según sus disposiciones.
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